Carlos Ricardo Menéndez Gámiz • 17 de agosto del 2026 •
Resumen
Ahora que México y Estados Unidos (EE.UU.) revisan la nueva extensión temporal y los nuevos términos del TMEC, la dependencia estructural de México hacia las importaciones de maíz transgénico desde Estados Unidos representa la dependencia alimentaria que afecta la soberanía alimentaria, la salud pública, la biodiversidad y el tejido social de las comunidades campesinas e indígenas de México.
México importa anualmente aproximadamente 25 millones de toneladas de maíz amarillo transgénico, con un valor superior a los 5,000 millones de dólares, destinado principalmente a la alimentación animal (USDA-FAS, 2025; Infoagro, 2025).
Ese modelo de producción, exportación y consumo, basado en uso intensivo de insumos agrotóxicos como glifosato y atrazina, ha demostrado efectos perjudiciales documentados sobre la salud humana y los ecosistemas (Sipse, 2025; Wies et al., 2024).
El panel del T-MEC de diciembre de 2024 falló contra México, argumentando que las medidas restrictivas carecían de una evaluación de riesgo adecuada (USTR, 2025; Panel T-MEC, 2024). Sin embargo, México ha respondido con una reforma constitucional que blinda la protección de los maíces nativos (Gobierno de México, 2025).
El Centro de Estudios Estratégicos Nacionales (CEEN, 2024) ha señalado que el T-MEC “es un obstáculo para sustituir el modelo neoliberal” y que debe ser “revisado, renegociado, cancelado o repudiado” (p. 18 y 59). El presente análisis argumenta que el gobierno mexicano debería apoyar una inversión sustancial (triple o cuádruple de los recursos actuales) en la producción doméstica de los maíces nativos e híbridos en México, como vía para fortalecer la soberanía y seguridad alimentaria, reducir así, la dependencia de insumos agrotóxicos y renegociar o suspender los compromisos de cooperación previstos en el marco del T-MEC.
Palabras clave: Maíces nativos, soberanía alimentaria, T-MEC, glifosato, biodiversidad, evaluación de riesgo
1. Justificación
1.1 Objetivo General
Fundamentar, desde una perspectiva científica, social y jurídica, la necesidad de que México cancele definitivamente las importaciones masivas de maíz transgénico procedentes de Estados Unidos, a través de la revisión y en su caso cancelación del T-MEC, y que instrumente una política de apoyo masivo (triple o cuádruple de los recursos actuales) a la producción nacional de maíces nativos en todos los municipios del país, como estrategia para garantizar la soberanía alimentaria, proteger la salud pública y conservar la biodiversidad biocultural.
1.2 Objetivos Específicos
1.2.1. Argumentar la incompatibilidad del maíz transgénico producido con agrotóxicos con los principios de la soberanía nacional, sustentabilidad y salud pública establecidos en el T-MEC y en la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos (CPEUM): A partir de la evidencia científica disponible sobre los impactos neurotóxicos del glifosato y la atrazina, demostrar que las importaciones masivas de maíz transgénico no son inocuas y que México tiene el derecho y la obligación de proteger a su población (Sipse, 2025; Wies et al., 2024).
1.2.2. Proponer un modelo de producción alternativo basado en maíces nativos e híbridos mexicanos que fortalezca la agricultura mexicana y reduzca la dependencia externa y contribuya a la soberanía alimentaria de México: Sustentado en el valor nutracéutico, cultural y económico de las razas nativas, demostrar que una inversión pública masiva en este sector es la vía más efectiva para cerrar la brecha de rendimiento y alcanzar la autosuficiencia alimentaria (Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, 2025; CEEN, 2024).
2. Metodología
El presente estudio se inscribe en un enfoque de investigación exploratoria-documental y de base empírica. Se realizó una revisión sistemática de fuentes primarias y secundarias, incluyendo informes oficiales de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, 2025), el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA-FAS, 2025), la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de México (Gobierno de México, 2025), así como el informe final del panel de solución de controversias del T-MEC (Panel T-MEC, 2024).
Se consultaron también bases de datos académicas (SSRN) y publicaciones periódicas especializadas para recopilar evidencia sobre los impactos de los plaguicidas en la salud y los ecosistemas (Sipse, 2025; Wies et al., 2024), y sobre el valor de los maíces nativos (Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, 2025). Se incorporó el análisis del Centro de Estudios Estratégicos Nacionales (CEEN, 2024) sobre las implicaciones del T-MEC para la soberanía nacional. La técnica de análisis fue el análisis de contenido y la construcción de argumentos de política pública.
3. Hallazgos
3.1 Dependencia Estructural y Disputa del T-MEC
México es el mayor mercado de exportación de maíz para Estados Unidos, con exportaciones que alcanzaron los 5,600 millones de dólares en 2024 (National Corn Growers Association, 2025). Esta dependencia es estructural: aproximadamente el 50% del maíz consumido en México proviene de importaciones, ascendiendo a cerca de 24-25 millones de toneladas anuales, de las cuales el 97% corresponde a maíz amarillo transgénico destinado a la alimentación animal (USDA-FAS, 2025; Infoagro, 2025). Esta situación coloca a México en una posición de vulnerabilidad estratégica, donde la soberanía alimentaria se subordina a la dinámica del mercado internacional. Para dar una idea más objetiva de ese monto baste señalar que el presupuesto total de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de México es superior a los 70 mil millones de pesos, pero es menor a los cerca de 100 mil millones de pesos que representan las importaciones de maíz, sin considerar las cuantiosas importaciones de leche en polvo y de carne, por un monto también cercano a los 100 mil millones de pesos.
El CEEN (2024) ha advertido que “el T-MEC es un instrumento de dominación económica —y, por consecuencia, política— que regula un ‘libre mercado’ en beneficio de un solo polo” (p. 60). El tratado, según el CEEN, “es un obstáculo para sustituir el modelo neoliberal por un modelo que perfile cabalmente los atributos de un Estado de bienestar con carácter nacionalista y humanista” (p. 60).
Prácticamente en todas las regiones de México, con los productores maiceros de todos los tipos y tecnologías, existe una fuerte preocupación y en casos llega a la animadversión hacia las políticas de apertura y franca entrega de la producción agropecuaria y de la alimentación de los mexicanos a los grandes consorcios trasnacionales, en particular a los de Estados Unidos y Europa, a cambio de prácticamente nada. Ver en los encabezados nacionales los movimientos del Frente Nacional por la Defensa del Campo Mexicano (FNDCM) que lucha por cancelar el capítulo agropecuario del TMEC, o de las movilizaciones de las organizaciones agrupadas en torno a la Asamblea Nacional Indígena, Campesina y Social (ANICS), que impulsa la reforma del artículo 27 constitucional, que se refiere a la propiedad de la nación; También impulsa el proceso de Consulta Popular para la aprobación del TMEC con la opinión libre e informada del pueblo de México, como se prevé en los artículos 2, 35 y 39 de la CPEUM.
3.2 Fallo del Panel T-MEC sobre Maíz Biotecnológico
El 20 de diciembre de 2024, el panel de controversias del T-MEC falló en contra de México, estableciendo que las medidas contenidas en el Decreto Presidencial de febrero de 2023 violaban las disposiciones del Capítulo 9 (Medidas Sanitarias y Fitosanitarias) y el Capítulo 2 (Trato Nacional y Acceso al Mercado) del acuerdo (Panel T-MEC, 2024; USTR, 2025). El panel determinó que México no había basado sus medidas en una evaluación de riesgo “apropiada” y que la prohibición constituía una restricción encubierta al comercio (Panel T-MEC, 2024, p. 108).
La embajadora de EE.UU., Katherine Tai, celebró el fallo, afirmando que “el enfoque de México hacia la biotecnología no se basó en principios científicos ni en estándares internacionales” (USTR, 2024, p. 1). Sin embargo, México ha respondido con una reforma constitucional que blinda los artículos 4 y 27, prohibiendo el cultivo de maíz transgénico y estableciendo que el Estado debe fomentar políticas para la producción de semillas criollas y la soberanía alimentaria (Gobierno de México, 2025). Cabe destacar que se ha prohibido la producción, pero no el consumo, tarea pendiente.
3.3 Impactos de los Agrotóxicos en la Salud y los Ecosistemas
La producción de maíz transgénico en Estados Unidos y en México se basa en un modelo de insumos agrotóxicos que genera externalidades negativas documentadas. Investigaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) han evidenciado que la exposición al glifosato y la atrazina provoca efectos neurotóxicos, asociados a enfermedades como el Parkinson, el autismo y la ansiedad, con impactos más severos en mujeres (Sipse, 2025). La atrazina, ampliamente utilizada en cultivos de maíz, ha sido prohibida en varios países por su persistencia ambiental y capacidad de contaminar fuentes de agua (Sipse, 2025).
Un estudio de 40,787 parcelas en México identificó que el glifosato, el paraquat y la atrazina son los plaguicidas más utilizados en el cultivo de maíz y sorgo, concentrando la mayor toxicidad ambiental (medida a través del Índice de Impacto Ambiental) en las regiones centro y sur del país (Wies et al., 2024). Estas evidencias demuestran que el maíz transgénico no es un producto inocuo, sino que genera un daño real y cuantificable a la salud humana y a la integridad de los ecosistemas.
3.4 El Valor de los Maíces Nativos como Alternativa
México es centro de origen y diversificación del maíz, con 64 razas nativas identificadas, producto de milenios de selección campesina (Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, 2025). Estas razas poseen un valor nutracéutico superior, con propiedades para la prevención de enfermedades como el cáncer y la diabetes, y son ricas en almidones y vitaminas (Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, 2025). A diferencia del maíz transgénico, los maíces nativos se adaptan naturalmente a las condiciones climáticas y de suelo, sin necesidad de paquetes tecnológicos externos, y su producción fortalece el tejido social de las comunidades (CEEN, 2024).
El CEEN (2024) ha señalado que “la Cuarta Transformación ha iniciado una transformación estratégica para poner fin al régimen neoliberal –el mercado por sobre el Estado como rector de la economía–” (p. 53). En este contexto, la protección de los maíces nativos se alinea con el objetivo de “recuperar la función productiva y la fertilidad de más de 20 millones de hectáreas de uso agrícola bajo modelos de uso de bioinsumos” y de “reproducir y mantener para los mexicanos la producción de semillas mexicanas de diversas variedades de maíces amarillos nacionales, maíces nativos” (CEEN, 2024, p. 88).
4. Discusión
4.1 El Giro Pragmático de la Política Comercial y la Oportunidad para México
El fallo del panel del T-MEC ha colocado a México en una encrucijada. Sin embargo, la respuesta mexicana —la reforma constitucional y el inicio de proyectos concretos como la primera tortillería de maíz nativo en la Ciudad de México (Gobierno de México, 2025)— demuestra que existe una voluntad política clara de avanzar hacia la soberanía alimentaria.
Este escenario abre una ventana de oportunidad para que Estados Unidos reconsidere su postura: en lugar de presionar con el apoyo por el cumplimiento de un modelo de dumping que socava la agricultura campesina, Washington podría, inteligentemente, apoyar una estrategia de inversión masiva en la producción de maíces nativos en México.
Argumento 1: Las campañas de producción amplia y profunda de maíces nativos reducen la dependencia estructural del mercado estadounidense y fortalecen la soberanía y la seguridad alimentaria. Al apoyar a los 2.5 millones de productores de maíz en México (Infoagro, 2025), se incentiva la producción local, se puede reducir fuertemente la presión por importaciones y se estabiliza el mercado de granos básicos de México, beneficiando tanto a consumidores como a productores de México.
Argumento 2: El modelo de producción de maíz transgénico con agrotóxicos genera externalidades negativas que justifican su cancelación. Las evidencias sobre daños a la salud y los ecosistemas (Sipse, 2025; Wies et al., 2024) argumentan a favor de un enfoque precautorio. El CEEN (2024) ha señalado que se debe “impulsar el cumplimiento del artículo 25 que plantea un desarrollo integral sustentable asegurando el medio ambiente, lo social y lo económico, la soberanía nacional y el régimen democrático” (p. 87).
Argumento 3: México debe etiquetar y diferenciar el maíz amarillo no transgénico para la alimentación animal. La reforma constitucional abre la puerta para que México exija que las importaciones de maíz para consumo animal estén libres de organismos genéticamente modificados y de residuos de agrotóxicos. Esto no solo protegería al consumidor final de productos cárnicos y lácteos, sino que incentivaría una producción más limpia en Estados Unidos.
4.2 Revisión de la Postura del CEEN
El CEEN (2024) ha señalado que el T-MEC “es un obstáculo para sustituir el modelo neoliberal” y que debe ser “revisado, renegociado, cancelado o repudiado” (p. 59). El CEEN argumenta que “el T-MEC es un instrumento de dominación económica –y, por consecuencia, política– que regula un ‘libre mercado’ en beneficio de un solo polo” (p. 60). Este análisis coincide en que el tratado, en su forma actual, limita la capacidad de México para implementar políticas de desarrollo soberano. La presión estadounidense para mantener el acceso al mercado de maíz transgénico es un ejemplo claro de cómo los intereses corporativos se imponen sobre la soberanía alimentaria.
Sin embargo, la vía de la “cancelación” o “repudio” unilateral es inviable y contraproducente en el contexto de la profunda integración económica de América del Norte. En su lugar, México debe adoptar una estrategia de “litigio y negociación”, utilizando los propios mecanismos del T-MEC para defender sus derechos y, al mismo tiempo, promover una agenda de cooperación en seguridad alimentaria. El CEEN (2024) reconoce que “la inversión extranjera deberá regularse a fin de que contribuya al crecimiento de la economía” (p. 79), lo que implica que la cooperación es posible si se establecen condiciones claras.
El CEEN (2024) también señala que “es necesario revisar, renegociar o repudiar la totalidad del T-MEC, y reinsertar a México en el marco general previsto en la Organización Mundial de Comercio” (p. 56). Si bien esta postura refleja el deseo de recuperar la soberanía, una estrategia más pragmática sería utilizar la revisión conjunta del T-MEC programada para 2026 (S&P Global, 2026) para renegociar aspectos clave, como el capítulo agrícola, o eliminarlo, y lograr un acuerdo que reconozca las asimetrías y el derecho de México a proteger sus maíces nativos e híbridos no transgénicos.
4.3 Hacia un Nuevo Modelo de Comercio Agrícola
La disputa por el maíz no debería resolverse, como dice el TMEC, en un panel comercial, sino en una mesa de diálogo amplio intersectorial, donde la ciencia y el interés público prevalezcan. Estados Unidos tendría una oportunidad más para tratar de demostrar que el T-MEC no solamente es un instrumento de dominación colonial, sino una verdadera plataforma para la cooperación y el intercambio comercial bajo reglas claras y recíprocas.
Por lo cual que el gobierno de México y en su momento, en una actitud franca y cooperante del de Estados Unidos, deberían enfocar sus recursos institucionales, políticos, cieníficos, tecnológicos, y esfuerzos presupuestarios, en apoyar financieramente el programa de México para duplicar, triplicar y cuadriplicar la producción de maíces nativos e híbridos, (que actualmente cubren un alto porcentajes de la superficie cultivada) (CEEN, 2024) sería una inversión en estabilidad social, salud pública y preservación de los ecosistemas y la biodiversidad. Aquí es importante recuperar la idea de que en México hay seis millones de hectáreas agrícolas que permanecen sin ser sembradas desde hace algunos años, como efecto de la guerra de precios dumping emprendida por los EE.UU., contra la agricultura mexicana.
En todo caso, es una responsabilidad histórica del gobierno de México apoyar a sus productores de maíz campesinos, indígenas, afromexicanos, de pequeña y mediana escala, con una estrategia fortalecida en las dimensiones técnico y en lo presupuestario.
El CEEN (2024) ha propuesto “fortalecer la autosuficiencia alimentaria de los mexicanos” y “reforma al artículo 27 de la Constitución para revalorizar la propiedad social de la tierra” (p. 89). Incluso estos propósitos son compatibles con un modelo de desarrollo que parte por reconocer la importancia histórica, social y económica de la agricultura campesina e indígena para la soberanía alimentaria y nutricional de México.
5. Conclusiones
5.1. La dependencia de México del maíz amarillo transgénico estadounidense es insostenible y vulnera la soberanía alimentaria mexicana. La importación de 25 millones de toneladas anuales representa una fuga de divisas y una subordinación de la producción nacional a los intereses del mercado estadounidense (USDA-FAS, 2025; Infoagro, 2025; CEEN, 2024).
5.2. El modelo de producción de maíz transgénico basado en agrotóxicos genera impactos negativos documentados en la salud y los ecosistemas. La evidencia científica sobre los efectos neurotóxicos del glifosato y la atrazina, y su impacto en la biodiversidad, justifica un enfoque precautorio y la suspensión de estas importaciones (Sipse, 2025; Wies et al., 2024; CEEN, 2024).
5.3. Los maíces nativos representan una alternativa viable, rentable y sustentable. Su valor nutracéutico, su adaptación a condiciones locales y su papel en la preservación del tejido social y la cultura mexicana los convierten en la base de un modelo de desarrollo agroalimentario deseable (Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, 2025; CEEN, 2024).
5.4. El fallo del panel del T-MEC, aunque adverso, no ha detenido la política de protección del maíz nativo. La reforma constitucional de 2025 demuestra la determinación de México (Gobierno de México, 2025). Estados Unidos debe cambiar su postura de confrontación a una de cooperación, apoyando una inversión masiva en la producción de maíces nativos como una vía para garantizar la seguridad alimentaria regional.
5.5. La presión de Estados Unidos para mantener el acceso al mercado de maíz transgénico es contraproducente. Debilita las instituciones mexicanas, genera tensiones comerciales innecesarias y perpetúa un modelo agrícola insostenible.
5.6. La responsabilidad histórica del gobierno de México de impulsar, defender y proteger su mercado interno y a sus ciudadanos del campo productores de maíz, frijol, carne de res, leche, entre otros alimentos necesarios para un crecimiento y desarrollo saludable de la niñez, juventud, y adultez mexicana rural y urbana es una gran tarea transformadora que no puede esperar más tiempo. Estas ideas deben ser la base de una posible cooperación en materia de soberanía alimentaria y nutricional, ese sería el camino deseado para un T-MEC renovado y con visión de futuro. Sin esos acuerdos básicos es mejor decir: No al TMEC.
5.7. Finalmente, queda entre líneas la idea que suscribir una ampliación del TMEC en los términos actuales, que ya de por sí, representan un alto costo social, económicos y ambiental, para México, sería un lamentable error. No se diga de lo que representaría dar mayores concesiones a los vecinos del norte, sería un error de consecuencias muy profundas y quizá irreversibles en el futuro de México.
Referencias
Centro de Estudios Estratégicos Nacionales. (2024). Propuesta de agenda estratégica para profundizar la transformación de México. CEEN. https://ceen.org.mx
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National Corn Growers Association. (2025, diciembre 4). Nat’l Corn Growers calls for USMCA renewal. AgriMarketing.com. https://www.agrimarketing.com/s/155629
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